Crédito hipotecario para la adquisición de vivienda con recursos FAOV y/o FAVV
Plazos de financiamiento hasta 25 años
Garantía de Hipoteca de Primer Grado
Asesoría crediticia especializada
Características
- Destinado a la adquisición de vivienda principal, por parte de solicitantes y cosolicitantes, integrantes de un grupo familiar, que sean ahorristas habitacionales activos y solventes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y/o Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV).
- Obligación de cotizar al FAOV o FAVV por parte de los prestatarios subsistirá durante toda la vida del crédito, en caso de que este fuera aprobado.
- Pagos mediante cuotas mensuales y consecutivas, ajustadas al ingreso integral total familiar mensual del solicitante y su grupo familiar. Los beneficiarios del crédito comenzarán a cancelar las cuotas mensuales 30 días después de la protocolización del documento de crédito en la Oficina de Registro respectiva. La cuota no podrá superar el 35 % del ingreso total familiar mensual, ni podrá ser menor al 5% de este.
- Posibilidad de efectuar amortizaciones y cancelación anticipada.
- La vivienda objeto del crédito deberá ser habitada de manera regular y permanente por los beneficiarios del crédito hipotecario.
- Una vez registrado el documento del crédito hipotecario. Los beneficiarios estarán obligados a presentar el Certificado de Registro de Vivienda Principal en un lapso no mayor a 90 días hábiles contados a partir de la fecha de registro del documento. Los beneficiarios presentarán copia de dicho certificado con vista del original, en cualquiera de nuestras agencias, a nivel nacional.
- Se otorgará el Subsidio Directo Habitacional como un complemento del crédito, a los grupos familiares que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente. (Ver condiciones en la sección Subsidio Directo Habitacional).
- Los beneficiarios de los créditos hipotecarios estarán obligados a presentar anualmente en cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional, la Declaración Actualizada de Ingresos con sus respectivos soportes para la determinación de la tasa de interés del crédito en función del ingreso integral total familiar mensual.
Preguntas frecuentes
¿Quienes pueden solicitar el Crédito?
La solicitud puede ser formulada por un grupo máximo de tres co-solicitantes, conformado de la siguiente manera:
- Un solicitante.
- Una comunidad de cónyuges y un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
- Una comunidad de concubinos y un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, que devenguen y declaren la totalidad de sus ingresos como grupo familiar.
¿Cuánto debe ser el ingreso familiar para optar al Crédito?
El ingreso integral total familiar mensual debe ser equivalente al ingreso declarado como base de cálculo de los aportes al FAOV o FAVV. Este ingreso deberá estar en concordancia con el monto declarado en la planilla de solicitud, en la constancia de trabajo o certificación de ingresos y en los estados de cuentas bancarias.
¿Qué es el subsidio habitacional?
El subsidio directo habitacional constituye una ayuda directa otorgada por el Estado Venezolano, destinada a apoyar a los usuarios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat en los procesos u operaciones relacionadas con los créditos para Adquisición de Vivienda Principal que obligatoriamente (según Gaceta 438.375 de fecha 30/10/2017) .
¿Cómo se determina el monto del Crédito?
El monto del crédito se determinará en función del ingreso integral total familiar mensual y siguiendo la metodología establecida por los entes competentes. En todo caso, el monto máximo del crédito no podrá exceder la cantidad de Bs.5.700,00 (según Gaceta por N° 42.168 de fecha 14 de julio de 2021) independientemente del ingreso integral total familiar.
¿Cuál es la tasa establecida para el Crédito?
La tasa de interés es variable y establecida por los entes competentes, según rango de ingresos.
¿Cuáles son las condiciones para el subsidio habitacional?
- La solicitud debe realizarse por escrito entregando en la agencia Banesco el formato de carta para la Solicitud de Subsidio.
- El grupo familiar debe estar compuesto por dos o más personas unidas en vínculo de consanguinidad hasta el cuarto grado y hasta segundo grado de afinidad.
- El ingreso integral total familiar mensual no podrá exceder el monto equivalente a 1,5 salarios mínimos.
- Debe ser la primera vez que el grupo familiar accede a un crédito hipotecario.
- El solicitante o grupo familiar no deben haber obtenido anteriormente este beneficio.
- El beneficio del Subsidio Directo Habitacional será otorgado como un complemento siempre que la Vivienda que se va a adquirir sea nueva, construida en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela. Siendo el monto máximo a otorgar Bs.S 150,00 (siempre que la vivienda que se va adquirir sea nueva, construida en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela).